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Bienvenidos al portal de transparencia

 

¡Bienvenidos!

La declaración Universal de los Derechos Humanos (Naciones Unidas, 1948), en su artículo 19 establece que “Todo Individuo tiene derecho a la liberad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones y el de difundirlas, sin limitaciones de fronteras, por cualquier medio de expresión.

El artículo 8, inciso 10 de la Constitución de la República establece “Todos los medios de información tienen el libre acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas, siempre que no vayan en contra del orden público o pongan en peligro la seguridad nacional.

El artículo 14 de la Constitución Interamericana sobre los Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), ratificada por la República Dominicana mediante resolución 739, de fecha 23 de diciembre de 1971, establece que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión.

LA CONSTITUCIÓN: Establece el derecho de acceso a la información gubernamental como una fuente de desarrollo y fortalecimiento de la democracia representativa, que le permite a los ciudadanos analizar, juzgar y estimular la transparencia en los actos del Gobierno y la administración.

Para garantizar el Libre Acceso a la Información Pública se crea la Ley general de 200-04 el 28 de julio del año 2004, y su reglamento de aplicación No. 130-05.